Para contribuyentes con discapacidad. Andalucia 2024
REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN
- Se considerará acreditado un grado superior de discapacidad igual o superior al 33 por 100 en el caso de pensionistas de la Seguridad Social, cuando tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total o absoluta o gran invalidez, y en el caso de los pensionistas de clases pasivas cuando tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- Se considerará acreditado un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100, cuando se trate de personas cuya incapacidad sea declarada judicialmente, independientemente de que alcanzase dicho grado o no.
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