Deducción por gastos de enfermos de ELA. Deducciones Autonómicas en el IRPF. La Rioja

Por gastos de enfermos de ELA. La Rioja 2024


Los contribuyentes residentes en La Rioja podrán deducir el 50 por 100 de las gastos del contribuyente, del cónyuge y de aquellas personas que den derecho a la aplicación del mínimo personal y familiar relacionados con el diagnóstico y tratamiento de la esclerosis lateral amiotrófica, con el límite máximo de deducción de 2.000 euros anuales.

Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción

  1. Exclusivamente darán derecho a esta deducción las cantidades desembolsadas por los siguientes conceptos:
    1. Los servicios prestados por profesionales sanitarios.

    2. Los tratamientos sanitarios prescritos por profesionales sanitarios.

    3. Los destinados a paliar los síntomas de la enfermedad.

  2. La deducción quedará condicionada a su justificación documental mediante la correspondiente factura completa u ordinaria, en los términos previstos por la legislación sobre las obligaciones de facturación, sin que en ningún caso tenga tal condición la factura simplificada.

  3. Cuando varios contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción, las cantidades satisfechas y el límite de la misma se prorratearán por partes iguales.

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