GANANCIAS Y PÉRDIDAS PATRIMONIALES. INDEMNIZACIÓN POR PÉRDIDAS O SINIESTROS EN ELEM. PATRI.
Las indemnizaciones recibidas por el contribuyente que procedan por perdidas o siniestros en elementos patrimoniales asegurados tributarán en el IRPF como una ganancia o pérdida patrimonial. Para determinar la cuantía a imputar aplicaremos la siguiente diferencia:Ganancia o pérdida patrimonial | = | Cantidad recibida como indemnización | - | Parte proporcional valor adq. |
correspondiente al daño |
Ejemplo
Solución
Indemnización recibida = 95.750 euros. Parte proporcional del valor de adquisición de daño (165.000 x 65%) = 107.250 euros. Pérdida patrimonial = 11.500 euros.Legislación
- Art. 37 Ley 35/2006 LIRPF. Normas específicas de valoración.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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