Deducción por Maternidad: Abono Anticipado.
El contribuyente con derecho a la deducción por maternidad podrá ejercer este derecho de dos formas distintas:- Aplicar la deducción en su declaración de la renta del ejercicio que corresponda minorando la cuota diferencial del impuesto o,
- Solicitar a la Agencia Tributaria el abono de la deducción de forma anticipada y, consecuentemente, en este caso NO podrá minorar en la declaración la cuota diferencial del impuesto.
Recuerde que:
No se podrá solicitar el abono anticipado para el incremento de la deducción por los gastos de custodia satisfechos en guardería.Comentarios
GUÍA para aplicar la deducción por maternidad.Personas que pueden aplicar la deducción por maternidad.Hijos que dan derecho a aplicar la deducción por maternidad.Deducción por maternidad en casos de parejas de hecho.Abono anticipado de la deducción por maternidad.Formularios
Modelo 140. Solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones.Jurisprudencia
Consulta vinculante V3024-23. El padre, con carácter general, no tiene derecho a aplicar deducción por maternidad.Legislación
Art. 81 Ley 35/2006 LIRPF. Deducción por maternidad. Art. 60 RD 439/2007 RIRPF. Deducción maternidad. Pago anticipado.DA 26ª Ley 35/2006 LIRPF. Deducción por nacimiento o adopción.DA 38ª Ley 35/2006 LIRPF. Aplicación de determinados incentivos fiscales.DT 37ª Ley 35/2006 LIRPF. Deducción por maternidad.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.