Solicitud del Abono Anticipado de la Deducción por Maternidad.

Deducción por Maternidad: Abono Anticipado.



    El contribuyente con derecho a la deducción por maternidad podrá ejercer este derecho de dos formas distintas:
  1. Aplicar la deducción en su declaración de la renta del ejercicio que corresponda minorando la cuota diferencial del impuesto o,

  2. Solicitar a la Agencia Tributaria el abono de la deducción de forma anticipada y, consecuentemente, en este caso NO podrá minorar en la declaración la cuota diferencial del impuesto.


La solicitud del abono anticipado se hará a través del modelo 140 de la AEAT siempre que se cumplan los requisitos.

    El pago de la deducción de forma anticipada se realizará, mediante transferencia bancaria, por la AEAT mensualmente y sin prorrateos por la cantidad de 100 euros por cada hijo sobre el que se tenga derecho.

Recuerde que:

No se podrá solicitar el abono anticipado para el incremento de la deducción por los gastos de custodia satisfechos en guardería.
    Dentro del supuesto de abono anticipado de la deducción podemos encontrar el caso de todas aquellas madres que en el momento en que se produce el nacimiento no se encuentren trabajando o que, en el transcurso de los tres años siguientes al nacimiento, consiguiese un empleo. Esto puede hacer que, ya sea por descuido o por desconocimiento, la interesada no solicitase este pago anticipado. Será en la propia declaración de la renta del año en que empieza a trabajar cuando se podrá solicitar las cantidades a que se tuvieran derecho por la deducción de maternidad del ejercicio liquidado.

    Puede resultar interesante comentar a este respecto que, en la Consulta vinculante V3024-23, la Dirección General de Tributos se pronunció para DESCARTAR la posibilidad de que el padre pueda aplicar la deducción por maternidad en su declaración de la renta ni tampoco solicitar su abono anticipado, dado que no cumple con los requisitos exigidos (no se encuentra en ninguno de los supuestos en el artículo 81.1. LIRPF).

   Importante reseñar para finalizar que, desde 1 de Enero de 2023, la solicitud del abono anticipado de la deducción por maternidad ya no requiere la acreditación de un período mínimo de cotización.


Comentarios



GUÍA para aplicar la deducción por maternidad.
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Deducción por maternidad en casos de parejas de hecho.
Abono anticipado de la deducción por maternidad.

Formularios



Modelo 140. Solicitud del abono anticipado y comunicación de variaciones.

Jurisprudencia



Consulta vinculante V3024-23. El padre, con carácter general, no tiene derecho a aplicar deducción por maternidad.

Legislación



Art. 81 Ley 35/2006 LIRPF. Deducción por maternidad.  
Art. 60 RD 439/2007 RIRPF. Deducción maternidad. Pago anticipado.
DA 26ª Ley 35/2006 LIRPF. Deducción por nacimiento o adopción.
DA 38ª Ley 35/2006 LIRPF. Aplicación de determinados incentivos fiscales.
DT 37ª Ley 35/2006 LIRPF. Deducción por maternidad.



ANEXOS
DT 37ª Ley 35/2006DT 37ª Ley 35/2006

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