Tributación devolución del exceso sobre la "Tarifa Plana"Por los autónomos societarios.
La Dirección General de Tributos -DGT- ha resuelto (en distintas consultas vinculantes) las dudas sobre la tributación de la devolución por la Tesorería General de la Seguridad Social -TGSS- de las diferencias de cuotas del Régimen de Autónomos por aplicación de la "tarifa plana" a autónomos societarios; devolución en cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo 3887/2019, de 3 de diciembre, al respecto de si los autónomos societarios tienen o no derecho a solicitar y beneficiarse de la bonificación de cuotas de la tarifa plana de la TGSS.
Recuerde que:
Estas cantidades devueltas pueden no aparecer entre nuestros datos fiscales para la Renta.1. RENDIMIENTOS DEL TRABAJO.
Para estas situaciones la DGT publica la Consulta Vinculante V0758-21, donde vamos a encontrar la forma en que precisa esta Dirección debería tributarse y que, como vamos a poder comprobar, resulta diametralmente opuesta, al caso de haber sido imputada (la devolución) entre los rendimientos de actividades económicas. Así:- Como primera cuestión diferencial encontramos que, lógicamente, estas cantidades "devueltas" habrán de ser imputadas en el apartado de Rendimientos del Trabajo.
- Como segunda cuestión diferencial encontramos que la devolución de ingresos indebidos recibida por el autónomo societario no tendrá incidencia en la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio en que resulte aprobada y recibida (2020 ó 2021 por ejemplo).
Intereses de Demora.
2. RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.
Para estas situaciones, tenemos una referencia en la consulta Consulta Vinculante V0360-21 (posteriormente ha aparecido alguna otra), de 25 de Febrero, donde la DGT concluye:
RESUMEN GRÁFICO.
Jurisprudencia y Doctrina
Consulta Vinculante V0738-22 Devolución de "céntimo sanitario" tras cese de actividad.Consulta Vinculante V0758-21. Devolución Cuotas Autónomos Societarios. Rendimientos del Trabajo.Consulta Vinculante V0360-21. Devolución Cuotas Autónomos Societarios. Actividades Económicas.STS 3887/2019 Aplicación de "Tarifa Plana" a Autónomos Societarios.

Jurisprudencia y Doctrina
Consulta Vinculante V0738-22 Devolución de "céntimo sanitario" tras cese de actividad.Consulta Vinculante V0758-21. Devolución Cuotas Autónomos Societarios. Rendimientos del Trabajo.Consulta Vinculante V0360-21. Devolución Cuotas Autónomos Societarios. Actividades Económicas.STS 3887/2019 Aplicación de "Tarifa Plana" a Autónomos Societarios.Siguiente: Deducción por acogimiento de familias ucranianas. Deducciones Autonómicas en el IRPF. Aragón.
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