Ajustes Extracontables: Aplicación del Valor de Mercado para Operaciones con Entidades Vinculadas.
En aquellas operaciones en las que se determine que el valor convenido sea distinto del valor normal de mercado, la diferencia entre ambos valores tendrá para las personas o entidades vinculadas el tratamiento fiscal que corresponda y deberá realizarse el ajuste del Resultado Contable que proceda con la diferencia entre el valor acordado y el valor de mercado que se haya correspondido. Se entiende por valor normal de mercado aquel que se habría acordado por personas o entidades independientes en condiciones de libre competencia. Para la determinación del valor normal de mercado se aplicará alguno de los métodos que recoge el LIS en el artículo 18 El artículo 15.2 del TRLIS establece una serie de supuestos en que los bienes deben computarse fiscalmente a su valor de mercado.Ejemplo
Solución
Al adquirirse el local comercial por el valor de mercado, no será necesario ningún ajuste extracontable. Por otra parte, al haber adquirido unos elementos del inmovilizado por un valor inferior al de mercado, la sociedad Supercontable.com deberá reflejarlo en la casilla 01011 y realizar un ajuste positivo de su Resultado Contable. Por tanto la tabla de ajustes de estas operaciones, quedaría de tal forma:Concepto | Registro Contable | Fiscalidad | Ajuste | Modelo 200 de IS |
Adquisición de local comercial | 492.000 Euros | 492.000 Euros | 0 Euros | --- |
Adquisición de elementos de inmovilizado | 135.000 Euros | 255.000 Euros | (+) 120.000 Euros | Casilla 1011 |
200Instrucciones
Comentarios
- Consideración de personas o entidades vinculadas.- El valor de mercado en las operaciones vinculadas.- Definición de operaciones vinculadas.- Operaciones más comunes realizadas entre partes vinculadas.Legislación
Art. 18 Ley 27/2014 LIS. Operaciones vinculadas.Art. 15 Ley 4/2004 TRLIS. Reglas de valoración en supuestos de transmisiones lucrativas y societarias.Jurisprudencia y Doctrina
- DGT. CONSULTA VINCULANTE V1114/2018 de 30/04/2018. Ajuste fiscal resolución contrato con vinculada.- DGT. CONSULTA VINCULANTE V3478/2016 de 21/07/2016. Aplicación de valor de mercado.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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