Artículo 64. Ley 19/1994, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Normativa
Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Artículo 64. Régimen jurídico aplicable.




    1. El incumplimiento de las obligaciones  establecidas en el presente Título, en relación con los requisitos y  condiciones a que quedan sujetas las entidades de la Zona Especial  Canaria para poder acogerse al régimen previsto en esta Ley, será  sancionado de acuerdo con lo dispuesto en las normas contenidas en el  presente capítulo.

    2. Corresponderá al Consorcio de la Zona  Especial Canaria la potestad sancionadora, la cual ejercerá a través de  su Consejo Rector cuando se trate de las sanciones reguladas en este  capítulo. En los demás casos, la potestad sancionadora se ejercerá de  acuerdo con la normativa aplicable.


NOTA: Redacción modificada por Real Decreto-Ley 2/2000, de 23 de junio.


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