Artículo 57. Responsabilidades tributarias derivadas de la aplicación del régimen de consolidación fiscal.
Las entidades del grupo fiscal responderán solidariamente del pago de la deuda tributaria, excluidas las sanciones.Equivalencia Normativa
- Equivalencia Ley anterior artículo 66 RDL 4/2004.Siguiente: Artículo 58 Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades
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