Casilla 356. Modelo 200. Cambios de criterios contables.

200 CASILLA 356. MODELO 200. CAMBIOS DE CRITERIOS CONTABLES


Recuerde que:

    En el caso en el que los registros contables de los gastos difieran de los criterios establecidos en la normativa fiscal se deberá realizar un ajuste de la base imponible (Ver Ejemplo), tal y como se expresa en la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

    En esta clave se deberán consignar, tal y como se expresa en el apartado 3.2ª del artículo 11 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, los cargos o abonos a partidas de reservas que se hayan registrado como consecuencia de cambio de criterios contables, cuando sean consecuencia de:
  1. Ingresos por error o por ser de un ejercicio anterior y se hayan imputado contablemente en la cuenta de pérdidas y ganancias o en la cuenta de reservas en un ejercicio anterior al de su devengo fiscal.

  2. Devengo fiscal de los gastos que por error o por ser de un ejercicio anterior se hubieran imputado contablemente en la cuenta de pérdidas y ganancias en el período impositivo de su devengo fiscal, cualquiera que fuera la cuenta en que se hubieran contabilizado.
    En aquellos casos en los que el gasto contable que se pueda imputar la empresa en el período sea superior al gasto fiscal imputable, se deberá realizar un aumento de la base imponible. En caso de que sea el gasto contable menor que el gasto fiscal, se deberá realizar una disminución tal y como vemos de manera gráfica.
Criterio Contable/FiscalIncidencia en Resultado ContableAjuste Extracontable
Gasto Contable  >  Gasto FiscalAumentoPositivo (+)
Gasto Contable  <  Gasto FiscalDisminuciónNegativo (-)



200Instrucciones


Casilla 355. Modelo 200. Aumentos de la BI, cambios de criterios contables


Comentarios



Ajustes Extracontables. Errores contables

Legislación



Art. 11 Ley 27/2014 LIS. Imputación temporal. Inscripción contable de ingresos y gastos.

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