CUOTA INTEGRA EN ENTIDADES COOPERATIVAS
El cálculo de la cuota íntegra se realiza diferenciando los dos tipos de resultados que componen la base imponible, aplicando a los resultados cooperativos y a los extracooperativos, sean positivos o negativos, el tipo de gravamen que corresponda a cada uno. La suma algebraica de las cantidades resultantes, tendrá la consideración de cuota íntegra cuando la suma anterior resulte positiva. No obstante, la suma anterior puede ser positiva o negativa ya que el tipo de gravamen se aplica sobre las bases imponibles positivas o negativas (artículo 23 Ley 20/1990). El hecho anterior puede provocar asimetrías notables; por una parte puede provocar una tributación mayor a la que correspondería según el régimen general del IS. Por otra, puede dejar patente que la obtención de rentas demostrativas de capacidad económica, quede exenta de carga tributaria alguna. Veamos un ejemplo de cada caso:- Mayor tributación: Supongamos que una cooperativa protegida ha obtenido a lo largo de los últimos 4 años los siguientes resultados:
Como podemos observar, esta cooperativa a lo largo del periodo estudiado ha obtenido unas pérdidas de 750 euros (45.000 - 45.750), y sin embargo ha soportado una carga tributaria de 1.800 euros, cosa esta que no hubiera pasado en el régimen general del IS.Concepto 20X0 20X1 20X2 20X3 Totales Resultados cooperativos 26.250 -60.000 -30.000 18.000 -45.750 Resultados extracooperativos -15.000 0 60.000 0 45.000 Tipo al 20% 5.250 -12.000 -6.000 3.600 -9.150 Tipo general (23%) -3.450 0 13.800 0 10.350 Cuota íntegra previa 1.800 -12.000 7.800 3.600 1.200 Compensación cuotas negativas 0 0 7.800 3.600 11.400 Cuota íntegra 1.800 0 0 0 1.800 - Menor tributación: En este caso suponemos que:
Podemos apreciar que, en definitiva, se ha obtenido un beneficio e 15.000 (135.000 - 120.000) euros que no han tributado nada.Concepto 20X0 20X1 20X2 20X3 Totales Resultados cooperativos 45.000 30.000 15.000 45.000 135.000 Resultados extracooperativos -150.000 0 0 30.000 -120.000 Tipo al 20% 9.000 6.000 3.000 9.000 27.000 Tipo general (23%) -34.500 0 0 6.900 -27.600 Cuota íntegra previa -25.500 6.000 3.000 15.900 -600 Compensación cuotas negativas 0 6.000 3.000 15.900 24.900 Cuota íntegra 0 0 0 0 0
Comentarios
Esquema de liquidación del IS en las cooperativas.Cooperativas fiscalmente protegidas y especialmente protegidas.Causas de pérdida de la protección fiscal.Libertad de amortización.Dotación al fondo de educación y promoción.Tipo de gravamen.Compensación cuotas tributarias negativas.Deducción por doble imposición.Bonificaciones cooperativas especialmente protegidas.Supuesto práctico de liquidación del impuesto de sociedades de una cooperativa.Legislación
Artículo 23 Ley 20/1999 Ley 20/1990. Cuota tributaria.Siguiente: Compensación de pérdidas en cooperativas
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