Deducción por actividades de innovación tecnológica de procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción.

DEDUCCIÓN POR ACTIVIDADES DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA PRODUCCIÓN CADENA DE VALOR EN AUTOMOCIÓN



    Tras la entrada en vigor del Artículo 7 del Real Decreto-Ley 23/2020 con efectos para los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2020 y 2021, el porcentaje de la deducción fijado correspondiente al 12% fijado en la letra del apartado 2 del artículo 35 de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, para los gastos efectuados que consistan en la realización de actividades de innovación tecnológica cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción, o mejoras sustanciales de los ya existentes, se incrementará hasta los siguientes porcentajes:

CONSIDERACIÓN DE LA EMPRESAIMPORTE DE LA DEDUCCIÓNLÍMITE DE LA DEDUCCIÓN
PYMES, de acuerdo con el Reglamento Europeo nº 651/2014.Se incrementa de un 12% a un 50% de los gastos.El límite máximo será de 7,5 millones por cada proyecto, siempre que el importe de la deducción no supere el 50% de los costes del proyecto que hayan sido objeto de subvención.
Resto de empresasSe incrementa hasta un 15%, siempre que colaboren, de manera efectiva, con pymes en la realización de actividades objeto de esta deducción.El límite máximo será de 7,5 millones por cada proyecto, siempre que el importe de la deducción no supere el 15% de los costes del proyecto que hayan sido objeto de subvención.

REQUISITOS PARA EL INCREMENTO

  1. Se deberán cumplir las condiciones previstas en el capítulo I y en el artículo 29, excepto en lo relativo a la base de la deducción, del Reglamento Europeo nº 651/2014 de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.


  2. La entidad deberá obtener un informe motivado sobre la calificación de la actividad como innovación tecnológica cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos procesos o mejoras sustanciales de los ya existentes.

Comentarios




Deducción en Gastos de I+D+I Impuesto Sociedades
Libertad de Amortización inversiones en cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada.

Legislación



Art. 35 Ley 27/2014 LIS.


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