Disposición Transitoria 38ª. Gastos derivados de relaciones laborales antes de 1/1/2013.

Normativa
Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

Disposición transitoria trigésimo octava. Gastos derivados de relaciones laborales o mercantiles extinguidas con anterioridad a 1 de enero de 2013.



Redacción válida hasta 31-12-14, según Ley 27/2014, de 27 de noviembre.

    Lo dispuesto en el [artículo 14].1.i) de esta Ley no se aplicará a los gastos que se deriven de relaciones laborales o mercantiles que se hayan extinguido con anterioridad a 1 de enero de 2013.


NOTA: Redacción dada por Ley 16/2012, de 27 de diciembre.

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