Ejemplo de cómo cumplimentar los Modelos 210 y 211 correspondientes al Impuesto sobre la Renta de los No Residentes

EJEMPLO CUMPLIMENTACIÓN MODELO 210 Y 211 IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES.


Ejemplo

    Don "RCR", español y residente en territorio nacional ha adquirido un inmueble en la costa valenciana por un valor de 482.000 Euros. Este inmueble era propiedad de tres hermanos italianos de los cuales solo uno es residente en territorio nacional.

    El inmueble fue adquirido por 315.000 Euros en el año 2016 y su fin fue el de uso y disfrute personal, no habiéndose dedicado a alquiler turístico ni ninguna otra actividad. Los gastos notariales y de gestión supusieron 25.000 Euros, y no ha sido reparado ni reformado durante este tiempo.

    Los porcentajes de participación del inmueble serían de: A: 34%, B: 33%, C: 33% siendo estos dos últimos no residentes y sin establecimiento permanente en el territorio nacional.

Solución

COMPRADOR
    Como hemos podido ver en el presente comentario, será el comprador el que deberá retener por la transmisión de inmuebles con no residentes sin establecimiento permanente un 3 por ciento del importe de transmisión de la parte correspondiente a los "transmitentes" NO residentes. Para ello, D. RCR deberá calcular el porcentaje (%) de participación del inmueble correspondiente a dicha parte:

    33% (B) + 33% (C) = 66%

y liquidar y presentar el modelo 211 de la AEAT.

    Así, obtendrá el importe de la transmisión correspondiente a la parte de los no residentes, que resultará de multiplicar el valor de transmisión por el porcentaje participado: 66% x 482.000 = 318.120 Euros.

Retención aplicada por la adquisición del inmueble = 3% x 318.120 = 9.543,60 Euros


    Esta sería la liquidación del Modelo 211 que debería presentar el adquiriente de la vivienda:

Liquidación
VENDEDORES
    Por su parte cada vendedor deberá presentar un modelo 210 individualizado en el que se reflejarán las cantidades prorrateadas según el porcentaje de participación que le corresponda a cada uno de ellos, es decir, un 33% para cada uno de los no residentes.
  1. Valor de transmisión: 33% x 482.000 = 159.060 Euros.
  2. Coste de adquisición: 33% x 340.000 (315.000 + 25.000) = 112.200 Euros.
  3. GANANCIA NETA POR CONTRIBUYENTE: 46.860 Euros.
    
    Dicha ganancia se corresponde con la Base Imponible del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes, al que, por la ganancia por venta de inmuebles, le corresponde un tipo de gravamen del 19%.

    Por otra parte debemos incluir en el Modelo 210 la cantidad retenida al comprador que le corresponde a cada uno de los no residentes, que en este caso al tener el mismo porcentaje de participación será el mismo importe para ambos:

B = 9.543,60 x 50% = 4.771,80 Euros

C = 9.543,60 x 50% = 4.771,80 Euros


    Esta sería la liquidación del Modelo 210 que cada uno de los No Residentes debería cumplimentar por la venta del inmueble:

Mod210


Jurisprudencia



Resolución TEAC 05607/2020. Autoliquidación correcta por venta de vivienda, garaje y trastero de un no residente.

Siguiente: Retención y modelos que se deben rellenar por la compra de inmuebles a No Residentes sin Establecimiento Permanente.

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