Entidad dominante del grupo fiscal.

CONSOLIDACIÓN FISCAL. EMPRESA DOMINANTE



    Con la entrada en vigor de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, el régimen especial de consolidación fiscal sufre importantes modificaciones. En lo que se refiere a la configuración del grupo de consolidación fiscal como tal, se establece junto a la necesaria participación directa o indirecta del 75%, o del 70% en algunos casos, que la dominante debe ostentar en las dependientes, que además posea la mayoría de los derechos de voto (artículo 58.2 b) Ley 27/2014).

    El cálculo de los derechos de voto se determinará de acuerdo con lo señalado en el artículo 3 del Real Decreto 1159/2010 por el que se aprueban las Normas para la Formulación de las Cuentas anuales consolidadas (artículo 60.4) Ley 27/2014), el cual referencia al artículo 42.1, último párrafo, del Código de Comercio para el cálculo de este. Así, para determinar los derechos de voto se sumarán:
  1. Los que directamente posea la sociedad.

  2. Los que correspondan a otras sociedades dependientes del grupo.

  3. Los que posea a través de otras personas que actúen en nombre propio pero por cuenta de alguna sociedad del grupo.

  4. Aquellos que cualquier sociedad del grupo disponga por concertación con cualquier otra persona.

    Por otra parte, los requisitos que ha de cumplir la sociedad dominante de un grupo de consolidación fiscal, aparte del ya descrito del porcentaje de participación, son:
  1. Debe ser una sociedad anónima, limitada o comanditaria por acciones y estar sujeta y no exenta al IS (o impuesto análogo al mismo) y que no resida en un país considerado como jurisdicción no cooperativa.

  2. No puede ser dependiente de ninguna otra sociedad residente en territorio español que pueda ser considerada como dominante.

  3. No debe estar sometida al régimen especial de las agrupaciones de interés económico, ni al régimen de las UTE.

    


Legislación



Artículo 55 Ley 27/2014 de la LIS. Definición.
Artículo 56 Ley 27/2014 de la LIS. Sujeto pasivo.
Artículo 57 Ley 27/2014 de la LIS. Responsabilidades tributarias del régimen de consolidación fiscal.
Artículo 58 Ley 27/2014 de la LIS. Definición del grupo fiscal. Sociedad dominante. S. dependientes
Artículo 60 Ley 27/2014 de la LIS. Aplicación del régimen de consolidación fiscal.

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