ENTIDADES INTEGRANTES DEL MERCADO HIPOTECARIO
Están reguladas en la LEY 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario, a su tenor dispone: Las entidades financieras a las que esta Ley se refiere podrán conceder préstamos hipotecarios y emitir los títulos necesarios para su financiación, de acuerdo con los requisitos y finalidades que la misma establece, sin perjuicio de que estas entidades u otras puedan emitir y transmitir obligaciones, con garantía o sin ella, de conformidad con la legislación vigente. El artículo 2 de la referida norma señala que las entidades de crédito que podrán otorgar préstamos y créditos y emitir los títulos que se regulan por la presente Ley del Mercado Hipotecario son: - los bancos y, cuando así lo permitan sus respectivos estatutos, las entidades oficiales de crédito, - las cajas de ahorro y la Confederación Española de Cajas de Ahorros, - las cooperativas de crédito, - los establecimientos financieros de crédito.Siguiente: Período impositivo en el Impuesto sobre Sociedades. Régimen general
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