Información a incluir en Memoria de Cuentas Anuales sobre Actualización de Balances

ACTUALIZACIÓN DE BALANCES 2013


Información a incluir en Memoria de Cuentas Anuales.


    El apartado 12 del artículo 9 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, establece la información que habrá de incluirse en la memoria de las cuentas anuales correspondientes a los ejercicios en que los elementos actualizados se hallen en el patrimonio de la entidad; información relativa a los siguientes aspectos:

  1. Criterios empleados en la actualización con indicación de los elementos patrimoniales afectados de las cuentas anuales afectadas.

  2. Importe de la actualización de los distintos elementos actualizados del balance y efecto de la actualización sobre las amortizaciones.

  3. Movimientos durante el ejercicio de la cuenta «reserva de revalorización de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre», y explicación de la causa justificativa de la variación de la misma.

    El incumplimiento de las obligaciones establecidas en este apartado tendrá la consideración de infracción tributaria grave. La sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 200 euros por cada dato omitido, en cada uno de los primeros cuatro años en que no se incluya la información, y de 1.000 euros por cada dato omitido, en cada uno de los años siguientes, con el límite del 50 por ciento del saldo total de la cuenta «reserva de revalorización de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre».

    No obstante, el incumplimiento sustancial de estas obligaciones de información, determinará la integración del saldo de la cuenta «reserva de revalorización de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre» en la base imponible del primer período impositivo más antiguo de entre los no prescritos en que dicho incumplimiento se produzca, no pudiendo compensarse con dicho saldo las bases imponibles negativas de períodos impositivos anteriores.


Legislación



- Ley 16/2012, de 27 diciembre artículo 9 Actualización de Balances.

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