RENTAS SUJETAS A RETENCIÓN
El artículo 60 del Reglamento del Impuesto nos muestra, sintetizando su contenido, que estarán sujetas a retención o ingreso a cuenta las siguientes rentas:- Rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios.
- Rentas derivadas de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad y de la cesión a terceros de capitales propios.
- Premios derivados de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios.
- Contraprestaciones obtenidas como consecuencia de la atribución de cargos de administrador o consejero en otras sociedades.
- Rentas procedentes de la cesión del derecho a la explotación de la imagen o del consentimiento o autorización para su utilización, aun cuando constituyan ingresos derivados de explotaciones económicas.
- Rentas procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos, aun cuando constituyan ingresos derivados de explotaciones económicas.
- Rentas satisfechas en virtud de resolución judicial o administrativa.
- Rentas obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de instituciones de inversión colectiva.
- Rentas obtenidas como consecuencia de la reducción de capital con devolución de aportaciones y de la distribución de la prima de emisión realizadas por sociedades de inversión de capital variable reguladas en la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva no sometidas al tipo general de gravamen u organismos de inversión colectiva equivalentes a las sociedades de capital variable registrados en otro Estado.
Formularios
Instrucciones para cumplimentar Modelo 111 de Retenciones y pagos a Cuenta.Jurisprudencia y Doctrina
Consulta vinculante V2415-23. Tratamiento en IRPF de arrendamiento de vivienda a una sociedad por un particular.Legislación
Artículo 128 Ley 27/2014 de la LIS. Retenciones e ingresos a cuenta. Artículo 129 Ley 27/2014 de la LIS. Rentención, transmisión y obligaciones formales. Artículo 60 RD. 634/2015 RIS. Rentas sujetas a retención.Artículo 62 RD. 634/2015 RIS. Sujetos obligados a retener o a efectuar un ingreso a cuenta.Siguiente: Rentas no sujetas a retención en arrendamiento de Inmuebles Urbanos.
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