REGIMEN DE INVESTIGACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS. TIPO DE GRAVAMEN
Las sociedades dedicadas a las actividades de exploración, investigación y explotación de hidrocarburos tributarán al tipo del 30 por ciento. Ahora bien, durante el ejercicio 2015, las entidades que se dediquen a la exploración, investigación y explotación de yacimientos y almacenamientos subterráneos de hidrocarburos tributarán al tipo de gravamen del 33 por ciento. Las actividades relativas al refino y cualesquiera otras distintas de las de exploración, investigación, explotación, transporte, almacenamiento, depuración y venta de hidrocarburos extraídos, o de la actividad de almacenamiento subterráneo de hidrocarburos propiedad de terceros, quedarán sometidas al tipo general de gravamen.Legislación
Artículo 29 Ley 27/2014 de la LIS. Tipo de gravamen.Siguiente: Régimen de Investigación y explotación de hidrocarburos. Factor de agotamiento
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