¿Cómo funciona la Inspección de Trabajo?

¿Cómo funciona la Inspección de Trabajo?

    
    Por lo que se refiere a la organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo, el Artículo 2 de la Ley 23/2015 señala que se ajustará, entre otros, a los siguientes principios:
    
    a) Eficacia y calidad en la prestación del servicio a los ciudadanos.

    b) Concepción única e integral del Sistema, garantizándose su funcionamiento cohesionado mediante la coordinación, cooperación y participación de las diferentes Administraciones Públicas.

    c) Unidad de función y de actuación inspectora en todas las materias del orden social, en los términos establecidos en esta ley, sin perjuicio de los criterios de especialización funcional y de actuación programada.

    d) Imparcialidad, objetividad e igualdad de trato y no discriminación en el ejercicio de la función inspectora.

    e) Reserva de la función inspectora en el orden social a los funcionarios del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social y del Cuerpo de Subinspectores Laborales, en los términos previstos en esta ley.

Recuerde que:

    Los inspectores de Trabajo y Seguridad Social tienen el carácter de autoridad pública y los Subinspectores Laborales tienen la consideración de agentes de la autoridad.
   

    
    Esto quiere decir, desde un punto de vista práctico, que las funciones de Ia Inspección de Trabajo se ejercen por funcionarios de carrera que, o bien tienen la condición de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, o bien la de Subinspectores Laborales. Éstos últimos, que se distinguen en dos especialidades (escala de Empleo y Seguridad Social y escala de Seguridad y Salud Laboral) desarrollan aquellas funciones de inspección que les atribuye la ley y funciones de apoyo, colaboración y gestión que sean precisas para el desarrollo de la labor inspectora.

    Es importante tener presente que, conforme al Artículo 13 de la Ley, los inspectores de Trabajo y Seguridad Social, en el ejercicio de sus funciones, tienen el carácter de autoridad pública.

    Por su parte, los Subinspectores están facultados para desarrollar las funciones inspectoras y ejercer las competencias señaladas en el Artículo 14 de la Ley, bajo la dirección y supervisión técnica del Inspector de Trabajo y Seguridad Social responsable de la unidad, grupo o equipo al que estén adscritos. Y, en ejecución de las órdenes de servicio recibidas para el desempeño de sus funciones, los Subinspectores Laborales tendrán la consideración de agentes de la autoridad.

    En consecuencia, en el ejercicio de su función se les garantizará a ambos protección frente a cualquier violencia, coacción, amenaza o influencia indebida.

    Además, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes estarán obligadas a prestar apoyo, auxilio y colaboración a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el desempeño de sus funciones.

    Esto quiere decir que en muchos casos, los Inspectores de Trabajo, o los Subinspectores Laborales, pueden personarse en la empresa acompañados por agentes de la Policía o de la Guardia Civil; algo muy habitual en las inspecciones en fincas agrarias, cuando se pretende comprobar, por ejemplo, la prestación de servicios de trabajadores extranjeros.

Legislación



Artículo 2 Ley 23/2015 LITSS. Principios ordenadores del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Artículo 13 Ley 23/2015 LITSS. Facultades de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social para el desempeño de sus competencias.
Artículo 14 Ley 23/2015 LITSS. Funciones de los Subinspectores Laborales.
Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

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