Artículo 19. Funciones.
La Subdirección General de Relaciones Institucionales y Asistencia Técnica tendrá las siguientes funciones: a) La coordinación de la relación institucional, en particular, con las Comunidades Autónomas. b) La asistencia técnica a la actuación inspectora a través de la propuesta de instrucciones, de la propuesta de criterios técnicos y operativos y de consultas, en coordinación con las autoridades competentes por razón de la materia. c) La elaboración de proyectos de disposiciones de carácter general relativas al Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. d) La preparación de las convocatorias de las pruebas selectivas para el acceso a los Cuerpos del Sistema, así como de los programas con arreglo a los cuales se han de ejecutar dichas pruebas. e) El establecimiento, seguimiento y control de los indicadores de eficiencia y eficacia de la actuación inspectora y la supervisión del funcionamiento de las distintas unidades mediante un procedimiento de auditoría interna. f) La coordinación o ejecución, en su caso, de actuaciones relativas a las relaciones internacionales, así como la recepción y remisión de la información relativa a la asistencia mutua internacional derivada de actuaciones inspectoras en materias competencia del Sistema de Inspección. g) La elaboración del programa editorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. h) Cualquier otra que le encomiende el titular de la Dirección General del Organismo Estatal.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.