Proposición de prueba y trámite de audiencia en expedientes liquidatorios
Conforme al Artículo 33 del Real Decreto 928/1998, si los obligados al pago y demás interesados formulan alegaciones, se podrá solicitar un informe ampliatorio al Inspector o Subinspector que formuló el acta, y se dará vista y audiencia al alegante por plazo de diez días en que podrá alegar y probar nuevamente lo que estime conveniente.![](/fprg/fprg12/img_alegaciones.jpg)
Legislación
Artículo 33 Real Decreto 928/1998 RISIOS. Notificación y resolución de las actas de liquidación.Formularios
Escrito de proposición de prueba en procedimiento de liquidaciónEscrito de alegaciones ante la Inspección de Trabajo en el trámite de vista y audiencia del expedienteSiguiente: Ejecutar la Resolución en el expediente de liquidación
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