Artículo 16. Determinación de la base reguladora de las prestaciones económicas.
Redacción válida hasta 10.11.12, según Real Decreto 1529/2012. A efectos de determinar la base reguladora de las prestaciones económicas de la Seguridad Social, se tomará como base de cotización el 75 % de la base mínima de cotización que corresponda.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.