REAL DECRETO 488/1998, de 27 de marzo, POR EL QUE SE DESARROLLA EL ARTÍCULO 11 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES EN MATERIA DE CONTRATOS FORMATIVOS
FICHA NORMATIVA | |
Fecha de Publicación: | 09/04/1998 |
Entrada en vigor: | 10/04/1998 |
Normas complementarias: | Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre |
Última modificación: | Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre |
Estado: | VIGENTE |
CAPÍTULO I. CONTRATO EN PRÁCTICAS.
Artículo 1. Títulos profesionales habilitantes.Artículo 2. Salario.Artículo 3. Forma del contrato.Artículo 4. Certificación de las prácticas.CAPÍTULO II. CONTRATO PARA LA FORMACIÓN.
Cápitulo derogado, redacción válida hasta 10.11.12, según Real Decreto 1529/2012.SECCIÓN I. Normas laborales.
Artículo 5. Nivel de cualificación.Artículo 6. Requisitos subjetivos.Artículo 7. Número máximo de contratos para la formación.Artículo 8. Obligaciones del empresario.Artículo 9. Obligaciones del trabajador.Artículo 10. Formación teórica.Artículo 11. Forma del contrato.Artículo 12. Certificación de la formación.SECCIÓN II. Normas de Seguridad Social.
Artículo 13. Alcance de la protección social.Artículo 14. Cotización a la Seguridad Social y otros conceptos de recaudación conjunta.Artículo 15. Prestación económica por incapacidad temporal.Artículo 16. Determinación de la base reguladora de las prestaciones económicas.CAPÍTULO III. DISPOSICIONES COMUNES.
Artículo 17. Formalización y registro de los contratos.Artículo 18. Período de prueba.Artículo 19. Duración y prórroga de los contratos.Artículo 20. Prórroga de los contratos que hubiesen agotado su duración máxima.Artículo 21. Denuncia de los contratos.Artículo 22. Presunciones.Artículo 23. Contratos formativos previos.DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposición adicional primera Exclusión de las prácticas profesionales de los estudiantes.Disposición adicional segunda Contratos para la formación en escuelas-taller y pasan de oficios y programas de garantía social.Disposición adicional tercera> Acuerdo Tripartito de Formación Continua.Disposición adicional cuarta Cotización en los contratos para la formación durante 1998.DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Disposición transitoria primera Régimen jurídico de los contratos en vigor.Disposición transitoria segunda Cómputo de los trabajadores con contrato de aprendizaje.DISPOSICIONES DEROGATORIAS
Disposición derogatoria única Alcance de la derogación normativa.DISPOSICIONES FINALES
Disposición final primera Determinación de los módulos formativos de los certificados de profesionalidad.Disposición final segunda Facultades de aplicación y desarrollo.Disposición final tercera Entrada en vigor.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.