Artículo 4. Real Decreto 1335/2005, de 11 de noviembre, Prestaciones Familiares de la Seguridad Social.

Normativa
Real Decreto 1335/2005, de 11 de noviembre, por el que se regulan las prestaciones familiares de la Seguridad Social

Artículo 4. Beneficiarios.



    Será de aplicación lo previsto en el ART-2 a todos los trabajadores por cuenta ajena que, de acuerdo con la legislación que les resulte aplicable, disfruten de los  períodos de excedencia con reserva del puesto de trabajo establecidos para el cuidado de hijos, ya sean naturales o adoptados, o de menores acogidos, en los supuestos de acogimiento familiar, permanente o preadoptivo, así como para el cuidado de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.

Legislación



Prestaciones Familiares Seguridad Social ART-2 R.D.1335/2005 Modalidad contributiva  

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