Artículo 66. Cotización en supuestos de reducción de jornada de trabajo con disminución proporcional de la retribución.
Modificado por Real Decreto 1621/2011, de 14 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. Lo dispuesto en el artículo anterior, a excepción de sus apartados 3 y 6, será de aplicación a la cotización relativa a los trabajadores por cuenta ajena y asimilados que reduzcan su jornada de trabajo, con disminución proporcional de sus retribuciones, en los supuestos previstos en el artículo 37 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en los artículos 48 y 49 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.»Legislación
Reglamento General de Cotización Art. 65 R.D. 2064/1995 Cotización en los supuestos de contratos de trabajo a tiempo parcial y de relevo Estatuto Trabajadores Art. 37 R.D.L. 1/1995 Descanso semanal, fiestas y permisosComentarios
Base de cotiz. en contratos a tiempo parcialQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.