Artículo 12. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, derechos y libertades de los extranjeros en España

Normativa
Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, derechos y libertades de los extranjero en España y su integración social

Artículo 12. Derecho a la asistencia  sanitaria.



    1. Los extranjeros que se encuentren en  España, inscritos en el padrón del municipio en el que tengan su  domicilio habitual, tienen derecho a la asistencia sanitaria en las  mismas condiciones que los españoles.

    2. Los extranjeros que se encuentren en España  tienen derecho a la asistencia sanitaria pública de urgencia por  enfermedad grave o accidente, cualquiera que sea su causa, y a la  continuidad de dicha atención hasta la situación de alta médica.

    3. Los extranjeros menores de dieciocho años que  se encuentren en España tienen derecho a la asistencia sanitaria en las  mismas condiciones que los españoles.

    4. Las extranjeras embarazadas que se encuentren  en España tienen derecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo,  parto y postparto.

    Se modifica por el art. único.14 de la Ley Orgánica 2/2009, de 22 de diciembre.

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