Artículo 120 Real Decreto 557/2011, Reglamento sobre derechos y libertades de extranjeros en España

Normativa
Real Decreto 557/2011 , de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

Artículo 120. Ámbito de aplicación.




    1. Lo previsto en el presente capítulo será de aplicación al extranjero que, siendo titular de una autorización de residencia temporal:

    a) Se acoja a un programa de retorno voluntario impulsado, financiado o reconocido por la Administración General del Estado; o

    b) Retorne voluntariamente a su país de origen al margen de programa alguno.

    2. En cualquier caso, lo previsto en este capítulo se entenderá sin perjuicio del derecho de los extranjeros residentes en España a salir de territorio español y regresar a éste durante la vigencia de su autorización de residencia, sin más limitaciones que las establecidas de conformidad con el artículo 28 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, y las derivadas de la posible extinción de su autorización tras un determinado periodo de ausencia de territorio español, de acuerdo con lo previsto en este Reglamento.


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