Artículo 240. Resolución del procedimiento simplificado.
En el plazo de tres días desde que se reciba el expediente, el órgano competente para resolver dictará resolución en la forma y con los efectos procedentes que para las resoluciones de sanción de multa se prevén en el procedimiento ordinario de este Reglamento.Siguiente: Artículo 241 Real Decreto 557/2011, Reglamento sobre derechos y libertades de extranjeros en España
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