Artículo 25. Definición.
Se encuentran en tránsito aeroportuario aquellos extranjeros habilitados para permanecer en la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español, sin acceder al territorio nacional, durante las escalas o enlaces de vuelos.Siguiente: Artículo 26 Real Decreto 557/2011, Reglamento sobre derechos y libertades de extranjeros en España
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