Artículo 12. Importe del complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género de las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social y del Régimen de Clases Pasivas del Estado.
Con efectos de 1 de enero de 2025, la cuantía del complemento para la reducción de la brecha de género queda establecida en 35,90 euros mensuales, conforme a los dispuesto en el artículo 79.2 del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.