Artículo cuarenta y seis Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, régimen de la Seguridad Social de los trabajadores autónomos.

Normativa
Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, por el que se regula el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.

Artículo cuarenta y seis. Prestaciones.



    En caso de muerte, cualquiera que fuera su causa, se otorgarán, según los supuestos, alguna o algunas de las prestaciones siguientes:

    a)     Subsidio de defunción.

    b)     Pensión vitalicia de viudedad.

    c)     Pensión de orfandad.

    d)     Pensión vitalicia o, en su caso, subsidio temporal en favor de familiares.


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