BASE DE COTIZACIÓN. CASO DE CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL.
En primer lugar hemos de significar que, entendemos que un trabajador está contratado a tiempo parcial cuando presta sus servicios durante un determinado número de horas al día, semana, mes o año, inferior a lo considerado como habitual en la actividad en la que presta dichos servicios. La cotización a la Seguridad Social, por Contingencias Comunes, Profesionales, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, derivada de los contratos de trabajo a tiempo parcial, se efectuará en función de la remuneración efectivamente percibida por las horas trabajadas, tanto ordinarias como complementarias, en el mes que se considere. Para conocer cómo se realiza el cálculo en este caso se debe consultar el apartado específico sobre la Base de cotización en el contrato a tiempo parcial.Legislación
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