Beneficiarios de la prestación económica por nacimiento o adpoción de un tercer hijo o sucesivos.

BENEFICIARIOS


   Conforme al artículo 19 del RD 1335/2005 y al artículo 357 del TRLGSS, serán beneficiarios de esta prestación, los progenitores o adoptantes, por el nacimiento o adopción de hijo, siempre que:
  1. Residan legalmente en territorio español.

  2. No perciban ingresos anuales, de cualquier naturaleza, superiores a los límites establecidos (11.576,83 euros, incrementándose dicha cuantía un 15% por cada hijo o menor acogido). En los supuestos de convivencia, si la suma de los ingresos de los progenitores o adoptantes superase los límites establecidos, no se reconocerá la condición de beneficiario a ninguno de ellos.

  3. No tengan derecho a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.
    Para determinar quien será el sujeto beneficiario, habrá que atender a:
  • En el supuesto de familias  numerosas:

    • Si existe convivencia, será beneficiario, cualquiera de los progenitores o adoptantes de común acuerdo. A falta de acuerdo, será beneficiaria la madre, en su caso.
    • Si no existe convivencia de los progenitores o adoptantes, será beneficiario el que tenga a su cargo la guarda y custodia del hijo.
  • En el supuesto de familias monoparentales: será beneficiario el progenitor con el que convive el hijo nacido o adoptado y es único sustentador de la familia.
  • En los casos de madres con discapacidad: será beneficiaria la madre que acredite una discapacidad igual o superior al 65%.
  • Cuando el hijo hubiera quedado huérfano de ambos progenitores o adoptantes o esté abandonado, será beneficiaria la persona física que legalmente se haga cargo de aquél.

Legislación



Art. 357 RDleg. 8/2015 TRLGSS. Prestación y Beneficiarios
Art. 19 RD. 1335/2005 Beneficiarios

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Compatibilidades e incompatibilidades de la prestación económica por nacimiento o adopción de un tercer hijo o sucesivos
Prescripción del derecho a la prestación económica por nacimiento o adopción de un tercer hijo o sucesivos
Rentas e ingresos computables en relación con la prestación económica por nacimiento o adopción de un tercer hijo o sucesivos

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