Cambio del local o sede de la empresa.
El Estatuto de los Trabajadores reconoce al empresario la facultad de organizar y dirigir su empresa. Tanto es así que, en el mismo Artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores, se establece que el empleador o empresario, ya sea persona física o jurídica, es el titular del ámbito de organización y dirección en el que los trabajadores prestan sus servicios. El empresario, en consecuencia, como dueño de la empresa, está facultado, en el ejercicio del "ius variandi", para fijar el lugar en el que los empleados realizan el trabajo, y también, en lo que aquí nos interesa, para modificarlo. En este apartado NO tratamos la posibilidad de cambiar a un trabajador de puesto o lugar de trabajo, ni tampoco a los traslados o desplazamientos, sino a la potestad de la empresa de cambiar su establecimiento; lo que implica que los empleados se vean obligados a acudir a unas nuevas instalaciones para trabajar. En este caso, y al igual que ocurre con los traslados o desplazamientos, debemos prestar atención a la trascendencia que este cambio tiene para los trabajadores porque, si lleva aparejado un cambio de residencia, se considerará sustancial (y estaremos en un supuesto de movilidad geográfica); y si no es sustancial, si puede llevarse a cabo por la empresa al amparo de su facultad de organización de la actividad empresarial.Para clarificar, la facultad del empresario de cambiar el lugar de trabajo de forma unilateral, al amparo de su poder de dirección, queda limitada a aquellos supuestos que no impliquen cambios de residencia ni de domicilio habitual para los empleados, es decir, que se refieran a una zona geográfica cercana a la que inicialmente se situaba la empresa. Por ejemplo, la empresa SÍ puede, unilateralmente, trasladar sus dependencias de un lugar a otro dentro de la misma ciudad, sin ningún requisito específico para ello (Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de Junio de 2016).
Formularios
Notificación de traslado individual al trabajadorModificación de condiciones de trabajo y movilidad geográficaComentarios
Facultades de dirección y control del empresarioModificación sustancial de las condiciones de trabajoMovilidad geográficaCambiar al trabajador de puesto o lugar de trabajo Límites de la potestad de dirección y controlJurisprudencia y Doctrina
Jurisprudencia sobre Modificación Condiciones de Trabajo y Movilidad GeográficaLegislación
Art. 1 E.T. RD-Legis 2/2015. Ámbito de aplicación.Art. 5 E.T. RD-Legis 2/2015. Deberes laborales.Art. 20 E.T. RD-Legis 2/2015. Dirección y control de la actividad laboral.Art. 40 E.T. RD-Legis 2/2015. Movilidad geográfica.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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