Coeficiente aplicable para determinar la cotización en supuestos de subsidio por desempleo de nivel asistencial

Coeficientes reductores: Aplicables en supuestos de subsidio por desempleo de nivel asistencial.


    De acuerdo con la Orden de Cotización por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para 2021, "(...) Para determinar la cotización que corresponde efectuar por los trabajadores beneficiarios del subsidio de desempleo a que se refiere el artículo 280 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, incluidos los trabajadores por cuenta ajena de carácter fijo del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, establecido en el Régimen General de la Seguridad Social, se aplicará el coeficiente reductor 0,20, a deducir de la cuota íntegra resultante (...)".
La orden referida establece los coeficientes reductores anualmente, por lo que habremos de hacer un seguimiento de la misma, al ejercicio que corresponde y verificar que la información está completamente actualizada afecha de visionar este documento.


    Para el mecanismo de equidad intergeneracional, se aplicará el tipo del 0,7 por ciento sobre la base de cotización por contingencias comunes, del que el 0,58 por ciento será a cargo del Servicio Público de Empleo y el 0,12 por ciento, a cargo de la persona beneficiaria del subsidio.

    El porcentaje del Mecanismo de Equidad Intergeneracional -MEI- se irá incrementando gradualmente hasta alcanzar en 2030 los 1,2 puntos porcentuales y permanecerá (al menos conforme a la actual regulación) fijo hasta 2050. En el siguiente enlace podrá conocer cómo se distribuirá durante todo el periodo transitorio entre empresa y trabajadores.

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Cobertura de las Contingencias por las que hay que cotizar a la Seguridad Social
Mecanismo de Equidad Intergeneracional: Aumenta la cotización que empresas y autónomos deberán aportar a la Seguridad Social.

Legislación



Art. 127 bis. LGSS. RD-Legis 8/2015. Mecanismo de Equidad Intergeneracional.
Art. 280 RDLeg 8/2015 TRLGSS. Cotización durante la percepción del subsidio.
Orden de Cotización Desarrollo de las normas de cotización a la Seguridad Social.

Jurisprudencia



Cotización

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