Coeficientes aplicables para determinar las aportaciones a cargo de las mutuas colaboradoras con la seguridad social y empresas colaboradoras

Coeficientes reductores: Aportaciones a cargo de las mutuas y empresas colaboradoras con la Seguridad Social.



COEFICIENTES APLICABLES EN LAS EMPRESAS AUTORIZADAS A COLABORAR EN LA GESTIÓN DE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA DE INCAPACIDAD TEMPORAL DERIVADA DE ENFERMEDAD COMÚN Y ACCIDENTE NO LABORAL

Años

Disposiciones Legales

Efectos

Coeficientes Reductores

2025

Orden PJC/178/2025, de 25/02 (BOE 26/02)

01.01.25

0,06

2024

Orden PJC/51/2024 de 29/01 (BOE 30/01)

01.01.24

0,06

2023

Orden PCM/74/2023 de 30/01 (BOE 31/01)

01.01.23

0,06

2022

Orden PCM/244/2022 de 30/03 (BOE 31/03)

01.01.22

0,06

2021

Orden PCM/1353/2021 de 02/12 (BOE 30/01)

01.09.21

0,06

El importe a deducir de la cotización se determinará multiplicando por el coeficiente, la cuota íntegra resultante de aplicar el tipo único vigente a las correspondientes bases de cotización.

Fuente: SuperContable


COEFICIENTES APLICABLES PARA DETERMINAR LAS APORTACIONES DE LAS EMPRESAS COLABORADORAS EN LA GESTIÓN DE LA ASISTENCIA SANITARIA E INCAPACIDAD TEMPORAL DERIVADAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES (1)

Años

Disposiciones Legales

Efectos

Primas de ATy EP

Coeficiente aportación a Servicios Comunes Sociales

I.T.

I.M.S.

2025

Orden PJC/178/2025, de 25/02 (BOE 26/02)

01.01.25

"No cotiza"

"Si cotiza"

0,310

2024

Orden PJC/51/2024 de 29/01 (BOE 30/01)

01.01.24

"No cotiza"

"Si cotiza"

0,310

2023

Orden PCM/74/2023 de 30/01 (BOE 31/01)

01.01.23

"No cotiza"

"Si cotiza"

0,310

2022

Orden PCM/244/2022 de 30/03 (BOE 31/03)

01.01.22

"No cotiza"

"Si cotiza"

0,310

2021

Orden PCM/1353/2021 de 02/12 (BOE 30/01)

01.09.21

"No cotiza"

"Si cotiza"

0,310

El importe a satisfacer se determinará multiplicando el coeficente por las cuotas de accidente de trabajo y enfermedad profesional correspondientes a IMS.

(1) En concepto de aportación para el sostenimiento de los servicios comunes de la Seguridad Social y de contribución a los demás gastos generales y a las exigencias de solidaridad nacional.

Fuente: SuperContable



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