Compatibilidades de la prestación derivada de incapacidad permanente parcial.

COMPATIBILIDADES


    Siguiendo lo expuesto en el artículo 198 TRLGSS, será compatible el desarrollo de cualquier trabajo, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, con la percepción de la  pensión de incapacidad parcial para la profesión habitual, además de poder compatibilizarla con el trabajo que se viniera prestando.

Legislación



Art. 198 RDleg. 8/2015 TRLGSS. Compatibilidades en el percibo de prestaciones por IP

Jurisprudencia



Jurisprudencia sobre incapacidad permanente parcial

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Requisitos para ser beneficiario de la prestación de incapacidad permanente parcial

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