Concepto pensión de incapacidad pemanente no contributiva.

CONCEPTO DE PENSIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE NO CONTRIBUTIVA


    La pensión de invalidez en su modalidad no contributiva, es aquella que deriva de deficiencias, previsiblemente permanentes de carácter físico o psíquico, congénitas o no, que anulen o modifiquen la capacidad física, psíquica o sensorial de quienes las padecen.

    El objetivo de esta prestación es asegurar a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad, una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva

    En el momento en el que el beneficiario cumpla la edad de 65 años, pasa a denominarse pensión de jubilación.

    Las peculiaridades de la Pensión de Invalidez no Contributiva se articulan a traves del RDleg 8/2015, en el capitulo II, sección primera, del Título VI.

Legislación



RDleg 8/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Jurisprudencia



Incapacidad Permanente No Contributiva

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