Devengo y pago de la prestación por hijo o menor a cargo.

DEVENGO Y PAGO


    Las cuantías de las asignaciones económicas por hijo o menor acogido a cargo se devengarán en función de las mensualidades a que, dentro de cada ejercicio económico, tenga derecho el beneficiario.

    El pago de las asignaciones económicas por hijo a cargo será:
    1. Semestral y deberá efectuarse por semestre vencido, cuando se trate de menores de 18 años.

    2. Mensual y deberá efectuarse por mensualidad vencida, en los casos de personas con discapacidad mayores de 18 años.
Las asignaciones económicas por hijo a cargo se abonan sin pagas extraordinarias.

Legislación



Art. 356 RDleg. 8/2015 TRLGSS. Devengo y abono
Art. 18 RD. 1335/2005 Devengo y pago

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Cuantía de la prestación económica por hijo o menor a cargo

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