Disposición adicional séptima. Consulta a los Consejos del Trabajo Autónomo y para el Fomento de la Economía Social.
Redacción válida hasta 13.11.15, según Real Decreto Legislativo 3/2015. En la elaboración de la Estrategia Española de Empleo y del Plan Anual de Política de Empleo, y en relación con las actuaciones de promoción del trabajo autónomo y de la economía social, se consultará a los Consejos del Trabajo Autónomo y de Fomento de la Economía Social. Añadida por Real Decreto-Ley 14/2001, de 16 de septiembre, de medidas complementarias en materia de políticas de empleo y de regulación del régimen de actividad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.Equivalencia Normativa
Art. 10.1 R.D.L. 3/2015 Ley de Empleo.Art. 11.2 R.D.L. 3/2015 Ley de Empleo.Siguiente: Disposición Adicional 8ª Ley 56/2003, de Empleo.
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