Disposición adicional octava Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, texto refundido Ley General de la Seguridad Social.

Normativa
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, texto refundido Ley General de la Seguridad Social.

Disposición adicional octava. Gestión de las prestaciones económicas por maternidad y por paternidad.



    La gestión de las prestaciones económicas por maternidad y por paternidad reguladas en la presente ley corresponderá directa y exclusivamente a la entidad gestora correspondiente.

Equivalencia Normativa



D.A. 11ª ter R.D.L. 1/1994 Ley General de la Seguridad Social.

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