Disposición transitoria cuarta Ley 36/2011, de 10 de Octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Normativa
Ley 36/2011, de 10 de Octubre, reguladora de la jurisdicción social

Disposición transitoria cuarta. Competencia del orden jurisdiccional social.



Desde 20 de marzo de 2024, modificado por el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.

    El orden jurisdiccional social conocerá de los procesos de impugnación de actos administrativos dictados a partir de la vigencia de esta Ley en materia laboral, sindical y de seguridad social, cuyo conocimiento se atribuye por la misma al orden jurisdiccional social.

NOTA: Redacción modificada (se suprime el apartado 2 y la numeración del apartado 1) por Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre.

Redacción Anterior



Redacción anterior a Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre

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