Documentación del Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE)

Documentación del Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE)


    Tal y como establece el artículo 18 del R.D. 1483/2012, la documentación que debe acompañar a la comunicación de la apertura del periodo de consultas será la necesaria para acreditar la causa que obliga a paralizar la actividad de la empresa; y que se trata de una situación coyuntural.

    Se debe aportar, por tanto, una memoria explicativa de dichas causas, así como los informes técnicos oportunos, conforme al artículo 5.2 del R.D. 1483/2012.

    En el caso de que la causa aducida por la empresa sea de índole económica, la documentación exigible será la indicada en el artículo 4 del R.D. 1483/2012, con las siguientes particularidades:
  1. Memoria explicativa de la existencia una situación económica negativa.

  2. Las cuentas anuales del último ejercicio económico completo y las cuentas provisionales del vigente al inicio del procedimiento.

  3. Cuando se alegue una previsión de pérdidas, el empresario deberá informar de los criterios utilizados para estimarlas y presentar un informe sobre el volumen y el carácter permanente o transitorio de la previsión de pérdidas.

  4. Cuando se alegue disminución persistente del nivel de ingresos o ventas, el empresario deberá aportar, además de la anterior, la documentación fiscal o contable que acredite la disminución persistente del nivel de ingresos ordinarios o ventas durante, al menos, los dos trimestres consecutivos inmediatamente anteriores a la fecha de la comunicación de inicio del ERTE, y la documentación fiscal o contable acreditativa de los ingresos ordinarios o ventas registrados en los mismos trimestres del año inmediatamente anterior.

Legislación



Art. 47 del Estatuto de los Trabajadores.
Art. 18 R.D. 1483/2012 Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada. Documentación.

Formularios



Guía para redactar la Memoria explicativa de las causas que motivan el Expediente de Regulación de Empleo.

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