Trabajador del grupo 3 de cotización a la Seguridad Social es baja por gripe "enfermedad común" el 12 de junio continuando en esa situación hasta el 28 del mismo mes. En mayo su base de cotización por contingencia comunes fue de 1.586,67 Eur.; por contingencias profesionales fue de 1.706,87 Eur., de los cuales 120,20 Eur. correspondieron a horas extraordinarias. Percibe un salario base de 1.352,27 Eur./mes y tiene a 2 pagas extras por el mencionado importe. El trabajador permaneció de alta durante todo el mes anterior. Durante el año anterior al mes de baja se cotizaron un total de 1.081,82 Eur. en horas extraordinarias, y en el mes de la baja tiene 90,15 Eur. en horas extraordinarias.
Solución
BASE DE COTIZACIÓN POR CONTINGENCIAS COMUNES
- Base de cotización por el período de incapacidad temporal
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El período de incapacidad temporal (12/6 al 28/6), contados 30 - los días que realmente ha trabajado en el mes (13), sería de 17 días (hemos de tener en cuenta que se contabilizan como baja el día de baja y el día de alta):
52,89 * 17 días = 899,13 Eur.
- Base de cotización por los días trabajados (1/06 al 11/6 y 29 y 30 de Junio)
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Base = 52,59 (45,08 + 7,51) * 13 días = 683,67 Eur.
- Base de cotización del mes de JUNIO
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Días de incapacidad temporal | 899,13 Eur |
Resto de días | + 683,67 Eur |
Total Eur | 1.582,80 Eur |
La base de cotización resultante: 1.582,80 Eur. está comprendida entre la base mínima (1.260,00 Eur.) y máxima (4.720,50) de su grupo de cotización (3).
BASE DE COTIZACIÓN POR CONTINGENCIAS PROFESIONALES
- Base de cotización por el período de incapacidad temporal.
La base diaria estaría conformada por: (X + Y)
Habríamos de multiplicar la base diaria por 30 menos el número de días que realmente se haya trabajado en el mes (30-13) = 17 días:
55,90 Eur./día * 17 días (IT) = 950,30 Eur.
- Base de cotización por los días trabajados (1/12 al 11/6 y 29 y 30 de Junio).
Base cotización = 59,52 (45,08 + 6,93 + 7,51) * 13 = 773,76 Eur.
Base de cotización del mes de
JUNIO....... 1.076,85 Eur.
Días de incapacidad temporal | 950,30 Eur |
Resto de días | + 773,76 Eur |
Total Eur | 1.724,06 Eur |
La base de cotización resultante: 1.724,06 Eur. no supera el tope máximo de cotización para estas contingencias (4.720,50 Eur.).
El empresario tiene la opción de cotizar por el epígrafe correspondiente al trabajador o por el epígrafe 126 para el período de Incapacidad Temporal.