VARIACIONES EN LOS DATOS.
El empresario está obligado a comunicar las siguientes variaciones de datos (Artículo 138 de la Ley General de la Seguridad Social, Artículo 5 del Real Decreto 84/1996, Artículo 11 y Artículo 17 del Real Decreto 84/1996):- Cambio de nombre de la persona física o denominación de la persona jurídica inscritas con anterioridad.
- Cambio de domicilio legal del empresario.
- Cambio de entidad que cubra las contingencias por accidente de trabajo y enfermedad profesional y, en su caso, la incapacidad temporal. Se presentará con una antelación de diez días naturales a su efectividad.
- Cambio de actividad económica.
- Apertura y cierre de centros de trabajo
- Cualquier otra variación que afecte a los datos declarados con anterioridad respecto de la inscripción de la empresa o apertura de Cuenta de Cotización.
Sepa que:
Los empresarios deberán comunicar también a la Tesorería General de la Seguridad Social la realización de actividades económicas distintas de las declaradas al solicitar la inscripción inicial, siempre que impliquen la producción de bienes o servicios que no se integren en el proceso productivo de la actividad económica principal; los datos de los trabajadores de la empresa que presenten especialidades en materia de cotización; las variaciones que se produzcan en los datos facilitados con anterioridad y cualesquiera otras circunstancias que a estos efectos determine el Ministerio de Trabajo.
Legislación
Art. 138 R.D.L. 8/2015 Ley General de la Seguridad Social.Art. 5 R.D. 84/1996 Rgto. Inscripción empresas y afiliación Art. 17 R.D. 84/1996 Rgto. Inscripción empresas y afiliaciónFormularios
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