GESTIÓN DE LA PRESTACIÓN SANITARIA Y OBJETO DE LA MISMA
Será competente para el reconocimiento y control de la condición de asegurado o de beneficiario del mismo, con carácter general, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o, en su caso, el Instituto Social de la Marina (ISM), a través de sus direcciones provinciales. La condición de beneficiarios de los familiares del titular del derecho ha de ser solicitada por éste en el momento de la afiliación o del alta inicial. Una vez reconocida la condición de asegurado o de beneficiario del mismo, el derecho a la asistencia sanitaria se hará efectivo por las administraciones sanitarias competentes, que facilitarán el acceso de los ciudadanos a las prestaciones de asistencia sanitaria mediante la expedición, por los Centros de Salud de las CCAA, de la tarjeta sanitaria individual. El objetivo de la asistencia sanitaria es la prestación de los servicios médicos, farmacéuticos y cuantos los complementen, necesarios para la conservación o el restablecimiento de la salud de los beneficiarios, así como para restablecer y conservar su aptitud para el trabajo. Las situaciones protegidas por la asistencia sanitaria son:- Enfermedad común o profesional
- Lesiones derivadas de accidente, cualquiera que sea su causa.
- Maternidad
- Riesgo durante el embarazo
- Riegos durante la lactancia maternal
Formularios
Formulario de solicitud prestación asistencia sanitaria Formulario de solicitud prestación asistencia sanitaria trabajadores del marLegislación
Artículo 4 RD 1192/2012. Reconocimiento y control de la condición de aseguradoArtículo 3.Bis Ley 16/2003. Reconocimiento y control de la condición de asegurado.Jurisprudencia y Doctrina
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