REQUISITOS FORMALES
STS sala Social 1171/2024 | Despido objetivo por causas económicas será procedente si se justifican las causas en la comunicación al trabajador permitiéndosele articular su defensa. |
STSJ Cataluña 2096/2024 | Comunicación de despido por correo electrónico que no acredita la notificación y recepción por el destinatario. |
STS sala Social 870/2024 | La comunicación a los representantes de los trabajadores de la carta de despido válida con posterioridad al mismo. |
STS sala Social 522/2024 | La comunicación a los representantes de los trabajadores de la carta de despido válida con posterioridad al mismo. |
STS sala Social 484/2023 | Es válido comunicar el cese a los representantes de los trabajadores con posterioridad a la notificación del despido. |
STS sala Social 447/2022 | Despido objetivo CETOP. Se declara improcedente por la no entrega de copia de carta de despido a los representantes de los trabajadores. |
STS sala Social 526/2022 | Requisitos que deben hacerse constar en la carta de despido para dar validez a la comunicación. |
STSJ CL sala Social 3075/2022 | Despido. Si el trabajador se niega a recoger la carta de despido, la empresa no está obligada a intentar otra forma de notificación, teniendo la comunicación plena validez. |
STS sala Social 131/2017 | Despido objetivo. Improcedencia por no ponerse a disposición simultáneamente a la entrega de la carta la indemnización legal. Carga de la prueba de la falta de liquidez invocada por la empresa. Se estima el recurso. |
STS sala Social 884/2016 | Despido objetivo. Puesta a disposición de la indemnización mediante la entrega de un pagaré. Debe ser simultánea a la entrega de la carta de despido. |
STS sala Social 536/2016 | Despido objetivo. Validez de la entrega de un pagaré con vencimiento en el mismo día, simultáneamente a la comunicación del despido, como medio de puesta a disposición de la indemnización. |
STS sala Social 2123/2015 | Impugnación individual de despido colectivo. Contenido insuficiente de la carta de despido. |
STS sala Social 5609/2014 | FINIQUITO puesto a la firma al tiempo que se entrega carta de despido objetivo. La función transaccional del finiquito no se cumple cuando se incorpora una manifestación meramente formal al respecto. Aplicación y explicación de doctrina previa. DESPIDO OBJETIVO POR CAUSAS ECONÓMICAS: Aplicación de doctrina previa sobre insuficiencia de la causa acreditada. |
STS sala Social 2567/2014 | Despido individual en ERE convenido. Suficiencia de la comunicación extintiva que remite el acuerdo. Puesta a disposición indemnización: se cumple cuando el demora el abono a fecha efectividad despido y se paga en este momento. |
STS sala Social 442/2014 | RCUD. Despido objetivo. Causa económica. Falta de liquidez en la fecha del despido. Despido procedente. Falta de contradicción. |
STS sala Social 5666/2013 | RCUD. Despido objetivo. Abono de la empresa del 60%. Remisión al Fogasa para cobrar el 40% restante. Cumplimiento del requisito de "puesta a disposición". Despido procedente. Reitera doctrina. |
STSJ Extremadura 1345/2013 | Despido objetivo. Falta de constancia en la carta de los criterios de selección del trabajador despedido. No se exige dicha constancia y no se causa indefensión por ello. |
STS sala Social 4422/2010 | Despido objetivo. Reconocimiento de su improcedencia por el empleador y cumplimiento de los requisitos formales del artículo 53 del ET. |
STS sala Social 5734/2010 | Consecuencias de la indeterminación de la causa en la carta de despido en el despido objetivo. |
STS sala Social 206/2011 | RCUD. Inadmisión por falta de contradicción. Despido objetivo. Exigencias formales. |
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