OBLIGACIONES Y BONIFICACIONES DEL EMPRESARIO DURANTE LA SITUACIÓN DE BAJA POR MATERNIDAD (nacimiento y cuidado de menor).
Mientras el trabajador permanezca en situación de baja por maternidad, el empresario habrá de cumplir con las siguientes obligaciones y puede tener derecho a bonificaciones. Así, como más significativas:
BAJA POR MATERNIDAD |
OBLIGACIONES | BONIFICACIONES |
- Presentar los documentos de cotización (Recibo de Liquidación de Cotizaciones (RLC), Relación Nominal de Trabajadores, etc.)
- Ingresar únicamente las aportaciones a su cargo. La aportación de la trabajadora se encargará de ingresarla en la Tesorería el propio INSS, en el momento de hacerle efectiva la prestación.
- La base de cotización para las contingencias comunes que es la correspondiente al mes anterior al de la fecha de inicio del disfrute del período de descanso.
| Bonificación del 100% de la aportación empresarial por todas las contingencias cuando se celebren contratos de interinidad con desempleados, a que se refiere el Real Decreto-ley 11/1998, de 4 de septiembre, para sustituir a la trabajadora en suspensión por riesgo durante embarazo o maternidad, respecto de las cotizaciones de: - La trabajadora sustituida, y de
- El/La trabajador/a sustituto/a.
Esta bonificación sólo se aplicará mientras coincidan en el tiempo la suspensión de la actividad por dichas causas y el contrato de interinidad del sustituto/a y, en todo caso, con el límite máximo del período de suspensión. |
Idéntica bonificación tienen los socios trabajadores o socios de trabajo de las sociedades cooperativas, o trabajadores por cuenta propia o autónomos, sustituidos durante los períodos de descanso por
riesgo durante el embarazo, adopción, acogimiento, paternidad o riesgo durante la lactancia natural, mediante los contratos de interinidad bonificados celebrados con desempleados, a que se refiere el Real Decreto-ley 11/1998, de 4 de septiembre.
Comentarios
Exención en la tributación por IRPF de las prestaciones por Maternidad
Jurisprudencia y Doctrina
Prestación de maternidad. JurisprudenciaSentencia nº 1462/2018 del Tribunal Supremo. Exención de la prestación por maternidad
En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.
Accede al resto del contenido aquí
Siguiente: Maternidad (nacimiento y cuidado de menor): Régimen Especial Agrario.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo,
Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.