Cotización en la situación de guarda legal o cuidado directo de un familiar.
Como antecedente comentar que cuando se tiene un hijo menor de 12 años se puede pedir una reducción de la jornada para poder cuidarle. La jornada se puede reducir entre una octava parte y la mitad de la misma, implicando una reducción igual del salario. Esta reducción podrá prolongarse hasta que el hijo cumpla los 12 años. También se puede pedir esta reducción en el caso de tener a cargo una persona con una discapacidad o cuando sea necesario cuidar directamente a un familiar hasta segundo grado (hijos, nietos, padres, abuelos, hermanos y sus cónyuges) que no puedan valerse por si mismos por su edad, por un accidente o por una enfermedad.Recuerde que:
Durante los dos primeros años de reducción de jornada por cuidado de hijo y durante el primer año de la reducción por cuidado de otros familiares, se tendrán en cuenta las cotizaciones incrementadas al 100%, a efectos de las prestaciones por incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad, paternidad y jubilación.
Legislación
Orden de Cotización Desarrollo de las normas anuales de cotización a la Seguridad SocialJurisprudencia y Doctrina
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