MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO Y MOVILIDAD GEOGRÁFICA
![]() | Es modificación sustancial de condiciones de trabajo la modificación de asignación de las vacaciones si la misma se altera la duración. |
![]() | Movilidad geográfica y prestación de servicios en centros móviles o itinerantes. Caducidad plazo 20 días para trabajador ejerza acción. |
![]() | Modificación de condiciones de trabajo con vulneración de derechos fundamentales. Represalia por disfrute de permiso de paternidad |
![]() | Modificar condiciones de trabajo conforme a convenio es parte de organización de empresa; no menoscaba dignidad de trabajadora. |
![]() | Modificación condiciones de trabajo por proceso digitalización. Notificación a RLT. Determinación de los afectados. Buena fe negociadora. |
![]() | Abonar un plus transporte que venían percibiendo los empleados durante 8 meses después de pasar a teletrabajo no es condición más beneficiosa por acreditarse que no era voluntad de la empresa recompensar un gasto que ya no se estaba produciendo. |
![]() | La empresa no puede suprimir la reducción de jornada de Nochebuena y Nochevieja por tratarse de un derecho adquirido por el trabajador. |
![]() | Modificar 30 minutos en hora de entrada y salida de NO supone MSCT por no alterar ningún aspecto esencial de la relación laboral. |
![]() | Supresión de subvención en la comida al turno de tarde debe calificarse como modificación sustancial de condiciones de trabajo. |
![]() | MSCT. Supresión condición más beneficiosa que se declara nula. La empresa no comunicó, expresa y fehacientemente, la modificación contractual. |
![]() | No constituye MSCT la consistente en alterar para el mes de agosto el horario retrasándolo 1 hora. Poder organizativo del empresario. |
![]() | Sistema de determinación de las vacaciones. Se debate la adecuación de procedimiento y la existencia de condición más beneficiosa. Se aprecia la falta de contradicción en el primer motivo y la contradicción en el segundo. |
![]() | Modificar 30 minutos el horario de entrada y salida de una empresa será MSCT. |
![]() | Conflicto Colectivo. Derecho al percibo de la cesta de Navidad: procede por tratarse de condición más beneficiosa. |
![]() | Conflicto Colectivo. Derecho al percibo de la cesta de Navidad: Interpretación del pacto colectivo que establece el derecho condicionado a la situación económica de la empresa. Acreditación de una situación positiva. Condición más beneficiosa de los trabajadores ajenos al pacto colectivo. |
![]() | Comunicación al trabajador de cambio de turno por WhatsApp. No supone modificación sustancial de las condiciones de trabajo. |
![]() | RCUD. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Subrogación empresarial. Empresa de seguridad privada "Ombuds Compañía de Seguridad, S.A. Pacto colectivo negociado transcurrido un mes de la subrogación por la empresa entrante. Fraude de ley. |
![]() | Modificación sustancial de condiciones de trabajo: alteración tiempo de trabajo y salario. Nulidad por no entregarse documentación necesaria para el proceso negociador y no negociarse de buena fe. |
![]() | RC. Conflicto colectivo. Modificación sustancial de condiciones de trabajo. Inadecuación de procedimiento. Cambio en el sistema de abono de retribución variable. Nulidad al no haber seguido procedimiento art 41.1 ET. |
![]() | Movilidad geográfica. El cambio de centro de trabajo sin cambio de residencia no conlleva indemnización. |
![]() | Declara nula la reducción unilateral de los importes de comidas y cenas, así como el reembolso de los gastos de pernoctar, porque constituyó modificación sustancial, que debió promoverse como tal modificación colectiva.. |
![]() | Conflicto colectivo. PAS de la Universidad de Barcelona. Ampliación de la jornada con base en lo previsto en las leyes estatales y autonómicas. Prevalencia de la Ley sobre el Convenio Colectivo. |
![]() | Declara ajustado a derecho la implantación de un sistema de evaluación de desempeño, ligado a la consecución de objetivos previamente evaluados por cuanto su despliegue no vulnera lo pactado en convenio colectivo. |
![]() | Anula la modificación del régimen de retribución variable, impuesto unilateralmente por la empresa, porque no siguió el procedimiento de modificación sustancial colectiva al eludir el periodo de consultas |
![]() | Conflicto colectivo. Condición más beneficiosa inexistente. Reclamación por los tripulantes de un buque hospital del ISM del "entrepot" o beneficio de adquirir bienes (tabaco y licores) libres de impuestos. Derecho no reconocido en convenio. |
![]() | Conflicto colectivo. Modificación sustancial condiciones de trabajo (sistema de comisiones): ajustado a derecho teniendo en cuenta situación económica negativa. |
![]() | Conflicto colectivo. Empresa adjudicataria de servicios de limpieza en institutos de enseñanza secundaria de la Comunidad Autónoma de Madrid. Modificación sustancial colectiva de las condiciones de trabajo por haberse producido la suscripción de acuerdos individuales de reducción de jornada con trabajadores de las anteriores empresas en cuyo lugar se ha subrogado la demandada: existe. Vulneración de los derechos de representación de los trabajadores y falta de precisión de la causa justificativa de la medida adoptada por la empresa: no concurre. Nulidad de la decisión empresarial de esa reducción de la jornada laboral que tiene efectos limitados a la duración de la contrata: procede declararla, al superarse los umbrales del art. 41.2.c) del ET. |
![]() | Subrogación por Eulen de los trabajadores procedentes de Ombuds que prestan servicios de protección de personal en el País Vasco. Modificación sustancial de las condiciones salariales. |
![]() | Conflicto colectivo. Modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo. Cambio en la distribución de la jornada semanal por indicación de la comitente: improcedencia. |
![]() | Procedimiento de oficio. Discriminación salarial indirecta por razón de sexo. Abono de plus en cuantía inferior sin justificación a personal mayoritariamente femenino del departamento de pisos respecto de personal de departamento de bares y cocina. |
![]() | Modificación sustancial condiciones de trabajo: retribuciones variables: fijación empresarial con carácter anual de los objetivos conforme se pactó en contratos trabajo individuales: no exigencia procedimiento art. 41 ET.- Objetivos similares a los de años anteriores sin que se pruebe que son inalcanzables, hayan sido fijados de modo irrazonable, inidóneo, arbitrario, desproporcionado o con vulneración de la dignidad o de los derechos fundamentales de los afectados, o bien mediante el establecimiento de unas condiciones que ni siquiera dependan del esfuerzo de los trabajadores.- Referencia a doctrina contendida en STS/IV 7-julio-2010. |
![]() | Modificación sustancial de condiciones de trabajo. Reducción por la empresa del 5% del total de los salarios aplicado a los incentivos variables. La audiencia nacional desestima la demanda por considerar acomodada a derecho la medida. Recurre CC.OO. Se desestima el recurso. |
![]() | Modificación sustancial colectiva de condiciones de trabajo. Salario variable. Justificación de la medida. |
![]() | La modificación del sistema de justificación de gastos formulado por la empresa no constituye modificación sustancial de las condiciones de trabajo. |
![]() | Declara caducada la acción para impugnar una modificación colectiva, consistente en incrementar el descuento a los trabajadores en la compra de la Play Station, por cuanto se presentó la demanda más de veinte días después de la notificación por escrito. |
![]() | Conflicto Colectivo. Modificación colectiva de las condiciones de trabajo. Ayuntamiento de Bailén. |
![]() | Imposición a trabajadores la conversión del contrato indefinido en fijo discontinuo. |
![]() | Anula las medidas de flexibilidad interna, acordadas entre empresa y los sindicatos mayoritarios ante el SIMA, después de cerrar sin acuerdo el período de consultas, porque se acreditó que la negociación estaba cerrada antes de la mediación ante el SIMA. |
![]() | Modificación sustancial condiciones del contrato. Cambio sistema de pago dietas. No merece ese calificativo de sustancial cuando los gastos se siguen pagando. |
![]() | ERTE de suspensión de contratos frente a la posibilidad de extinguir los contratos temporales. |
![]() | Descuelgue salarial. Aplicación de la reducción del salario a trabajadores a tiempo parcial o con reducción de jornada. |
![]() | Movilidad geográfica. Traslado Colectivo por causas organizativas. |
![]() | RCUD. Modificación sustancial de condiciones de trabajo decidida por la empresa acogiéndose a lo previsto en el art. 41 ET. Recurso de suplicación. |
![]() | Conflicto colectivo. Modificación sustancial de condiciones de trabajo de carácter colectivo. |
![]() | Imposibilidad de acceder a suplicación de las modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo. |
![]() | Conflicto colectivo. Modificación de las condiciones de trabajo. Clausula "rebus sic stantibus". |
![]() | RC. Conflicto colectivo. Traslado colectivo. Nulidad de la medida. Posible vulneración del art. 40.2 ET. No superación de dicho límite con los tralados efectivamente realizados. |
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